06 Consulta Paso a Paso

¿Cómo solicitar la Pensión Garantizada Universal?

 Las personas pueden consultar en el sitio chileatiende.cl o llamando al 101. Quienes reciben beneficios del Pilar Solidario, ya sea la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez, no deben hacer ningún trámite para recibir el incremento asociado a la PGU.   El Instituto de Previsión Social, IPS, informa que a partir de este 1 de febrero se puede ingresar a su sitio www.chileatiende.cl para consultar por el derecho a la Pensión Garantizada Universal (PGU). En ese sitio, las personas pueden acceder a una consulta que les indicará si ya tienen asignado el beneficio por pertenecer […]

Meridional Radio 02-02-2022 / 10:57:52

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 Las personas pueden consultar en el sitio chileatiende.cl o llamando al 101.

  • Quienes reciben beneficios del Pilar Solidario, ya sea la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez, no deben hacer ningún trámite para recibir el incremento asociado a la PGU.

 

El Instituto de Previsión Social, IPS, informa que a partir de este 1 de febrero se puede ingresar a su sitio www.chileatiende.cl para consultar por el derecho a la Pensión Garantizada Universal (PGU).

En ese sitio, las personas pueden acceder a una consulta que les indicará si ya tienen asignado el beneficio por pertenecer al Pilar Solidario, si deben consultar en una segunda etapa, o si cumplen con las condiciones para solicitarlo, entre otras posibles respuestas. En caso de cumplir los requisitos para solicitar el beneficio, desde la misma consulta se derivará a las personas al formulario de solicitud en línea, el cual requiere ClaveÚnica.

Además, el IPS habilitó una consulta automática sobre este beneficio en el Call Center 101. Adicionalmente, la institución entrega orientación a través de las redes sociales ChileAtiende.

Personas que reciben beneficios del Pilar Solidario

Las personas que hoy tengan la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez no deberán hacer ningún trámite, porque desde el 18 de febrero en adelante se incrementarán esos beneficios hasta completar los $185.000 de la Pensión Garantizada Universal. Esos incrementos los recibirán de manera automática, mediante la misma forma de pago que tienen actualmente para cobrar sus beneficios del IPS. En el caso de las personas que reciben el pago del Aporte Previsional Solidario de Vejez a través de una AFP o Compañía de Seguros, recibirán su incremento a través de las modalidades de cobro que ya tengan con esas instituciones.

 

Principales requisitos

En esta etapa, las principales condiciones para acceder a la Pensión Garantizada Universal son tener 65 años o más, acreditar 20 años de residencia en Chile y cumplir los mismos requisitos del actual Pilar Solidario, que beneficia a personas del 60% más vulnerable. Las pensiones de Dipreca y Capredena no están consideradas para la PGU.

Desde agosto, podrán acceder las personas de 65 y más años hasta el 90% de menores ingresos. En esos casos, quienes cumplan los requisitos y tengan una pensión base de más de 630 mil pesos y menor a 1 millón de pesos, podrán acceder a una parte del monto de la Pensión Garantizada Universal, la que se irá reduciendo de acuerdo con la pensión base percibida.

Los requisitos detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl.

Paso a paso: dónde consultar

El IPS ha dispuesto las siguientes alternativas de consulta y solicitud: